1. Proponer para su aprobación ante la autoridad competente las normas y políticas que permitan, la evaluación del componente científico y biótico de los proyectos de investigación.
2. Proteger los derechos, la seguridad y el bienestar de los sujetos de investigación
3. Brindar asesoramiento en los aspectos éticos de los trabajos de investigación con seres vivos, que se proyecten o se realicen en la facultad
4. Velar porque los protocolos en los que intervengan agentes biológicos o en los que se empleen organismos modificados genéticamente, se ejecuten por personal idóneo y acreditado, de manera que no suponga riesgo ni para las personas ni para el medio ambiente y se ajusten a la legislación reguladora.
5. Comprobar la adecuación tanto del modelo como del procedimiento utilizado para obtener el consentimiento informado de las personas que participa o de la que se obtiene el material biológico.
6. Notificar a los investigadores que ningún cambio puede ser realizado sin la revisión y aprobación posterior al comité de ética excepto, cuando estos cambios sean necesarios para evitar peligro inminente en el paciente, debiendo comunicarlo a la mayor brevedad posible.
7. Hacer seguimiento a los procedimientos ya evaluados, que se ejecuten de acuerdo con el protocolo aprobado, suspendiendo aquellos ya iniciados que no se ajusten a los requisitos que establece el protocolo autorizado
8. Supervisar la idoneidad y acreditación de todos los participantes en el proyecto
.
La Facultad
Unidades Académicas
Centro de Investigación y Extensión CIE
Servicios
Sitios de interés
Sedes